Afectados por Contratos de Intercambio y Clips de Bankinter
La ley debe ser como la muerte, que no exceptúa a nadie. Montesquieu
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Permalink Responder para Flako el agosto 26, 2009 a las 11:30pm
Permalink Responder para maialen el agosto 27, 2009 a las 10:42am
Permalink Responder para xberni el agosto 27, 2009 a las 7:29pm
Permalink Responder para DNebur el junio 23, 2011 a las 8:13pm
Permalink Responder para ALDOS el junio 24, 2011 a las 1:13am En principio no deberías tener problemas si dejas muy claro en el concepto que esa transferencia debe ir destinada de forma inexcusable al vencimiento de la hipoteca.
Si aceptare del acreedor un recibo en que se hiciese la aplicación del pago, no podrá reclamar contra ésta, a menos que hubiera mediado causa que invalide el contrato.
DNebur dijo:
¿Al final es posible pagar la hipoteca por transferencia como comenta Xberni en su post?
Permalink Responder para DNebur el junio 24, 2011 a las 11:05am Gracias ALDOS. ¿Y tenemos constancia de que alguien lo esté haciendo así sin problemas? El tema es que ir a la oficina cada 1 de mes me da grima, seguro que a mas de uno le pasa.
Permalink Responder para ALDOS el junio 24, 2011 a las 12:01pm Gracias ALDOS. ¿Y tenemos constancia de que alguien lo esté haciendo así sin problemas? El tema es que ir a la oficina cada 1 de mes me da grima, seguro que a mas de uno le pasa.
Permalink Responder para rcalber el junio 24, 2011 a las 12:19pm Desobedecer la orden del cliente de imputar a ciertas finalidades los ingresos realizados o las transferencias recibidas es una muestra de mal proceder bancario (Resoluciones del Banco de España 208/98, 1195/96, 725/96, 982/96, 1175/93, 1271/93, 318/92, 703/92, 984/92 y 1376/92) ya que, como es evidente, la entidad no debe incumplir la voluntad del cliente aplicando los fondos a otros destinos que para ella son más convenientes como pueden ser, por ejemplo, saldar una deuda (Resolución 639/93) o cubrir un descubierto con la misma entidad como ocurre, en general, cuando las cantidades entregadas por el cliente para constituir imposiciones a plazo se destinan a suscribir pólizas de seguros a prima única (R. 1874/89); cuando los fondos se remiten para liquidar un leasing pero la entidad los destina a atender otras deudas (R. 517/93); o, en fin, cuando realiza un ingreso para atender una letra de cambio y la entidad destina los fondos a compensar una deuda anterior, provocando de esta forma la devolución del efecto cambiario (R. 218/91)
Permalink Responder para Sara Cupeiro el junio 25, 2011 a las 2:28pm Nosotros llevamos pagando las cuotas del préstamo desde hace más de un año con ésta formula y no hemos tenido ningún problema. La verdad es que sólo lo utilizo cuando el día 1 es festivo, el resto de cuotas voy y las pago por ventanilla.
Por si te sirve de algo, cuando hago las transferencias vía BdE, pongo en el concepto palabra por palabra lo siguiente:
CONCEPTO: Para pago cuota (el mes correspondiente) del préstamo nº (el nº del préstamo, ojo no el de la cuenta asociada) según Art. 1172 del Cód. Civil
Si te quedas más tranquilo (además te serviría en caso de que se pasaran por el forro el concepto de la transferencia) puedes escribir una carta tipo, más o menos así:
Estimados Sres.
Por la presente les comunico que a partir del presente mes y amparandonos en el Artículo 1172 del Código Civil, todas las transferencias vía BdE que hagamos a la cuenta nº .................. (ojo, tiene que ser la cuenta asociada al préstamo) cuyo titular es (tu nombre o el de tu empresa) y DNI/ NIF / CIF (lo que corresponda), serán realizadas exclusivamente para el pago de las cuotas del préstamo nº ..............., por tanto sólo podrán utilizarse para éste fin.
Te vas a la oficina con dos copias, que te las sellen y firmen, una te la quedas tu y otra para ellos. Con esto dudo mucho que se atrevan a utilizar ese dinero para otra cosa que no sea el préstamo, pero si se diera el caso, ya tienes otra prueba fehaciente en su contra, ya que se estarían saltando la ley a la torera. Si esto pasara, que no creo, les pones una reclamación tras otra, para que siempre quede constancia de los hechos.
Un saludo
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